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RIGI: los cambios que aceptó el Gobierno al régimen de grandes inversiones
El Gobierno ha introducido cambios significativos al Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI) en un esfuerzo por asegurar el apoyo necesario para la votación de la ley Bases en el Senado.
- Por El Caletense | 12/06/2024
El presidente provisional del Senado, Bartolomé Abdala, anunció estas modificaciones antes de los cierres de los jefes de bloque.
Sectores Específicos
El artículo 165 ha sido modificado para limitar el régimen a sectores específicos: forestoindustria, infraestructura, minería, energía y tecnología. Estos sectores deberán cumplir con los requisitos establecidos para beneficiarse del RIGI.
Impulso al “Compre Nacional”
Se ha añadido un incentivo para los proveedores locales. Al menos el 20% del total de la inversión deberá ser destinado a proveedores nacionales, siempre y cuando las ofertas estén disponibles y sean competitivas en términos de precio y calidad. Este porcentaje deberá mantenerse durante las etapas de construcción y operación de los proyectos.
Incentivos Cambiarios
El artículo 196, referente a los incentivos cambiarios, ahora limita la obligación de liquidar divisas en el mercado de cambios a las exportaciones generadas por los proyectos. Los porcentajes de liquidación son los siguientes:
20% luego de dos años de iniciada la inversión.
40% después de tres años.
100% a partir de los cuatro años.
Para las exportaciones declaradas como "Exportación Estratégica de Largo Plazo", los plazos son:
20% después de un año de la puesta en marcha de los Vehículos de Proyecto Único (VPU).
40% después de dos años.
100% después de tres años.
Garantías Jurídicas
El artículo 205 ha sido modificado para permitir que las acciones, cuotas o participaciones sociales de los VPU adheridos al RIGI puedan ser objeto de prenda, cesión en garantía, fideicomiso, y otros negocios jurídicos de garantía con entidades financieras y organismos de crédito, tanto locales como extranjeros. Esto se podrá hacer sin autorización previa de la autoridad de aplicación, aunque deberá informarse dentro de los quince días corridos siguientes.
Plazos de Aprobación
Se han propuesto cambios en el artículo 175 para simplificar el procedimiento de aprobación de un VPU. Desde la presentación de la solicitud de adhesión y el plan de inversión, la autoridad de aplicación tendrá un máximo de 45 días para aprobar o rechazar el proyecto. El acto administrativo de aprobación o rechazo deberá notificarse dentro de los cinco días hábiles posteriores a su emisión. La autoridad podrá solicitar información adicional o aclaraciones necesarias, lo que suspenderá el plazo de 45 días hasta que se presente la información requerida.
Fuente: Infobae
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