Las Estaciones de Servicio podrán ofrecer en sus tiendas de conveniencia medicamentos de venta libre

Los estacioneros recibieron con buena expectativa el decreto 1024/2024, publicado en el Boletín Oficial, que establece que estos productos podrán ser exhibidos y adquiridos en góndolas señalizadas, siempre que cumplan con estrictas normas de conservación y seguridad.

En una medida que promete impactar tanto en la vida cotidiana de los ciudadanos como en la oferta de productos, el Gobierno Nacional habilitó la venta de medicamentos de venta libre en negocios no farmacéuticos, incluyendo las Estaciones de Servicio.

La desregulación fue bien recibida por el sector expendedor, que durante años había estado imposibilitado de ofrecer estas soluciones muchas veces altamente demandadas por los consumidores en horarios o zonas donde se torna complicado acceder a una farmacia.

En ese sentido, Pedro Llorvandi, dirigente de la Confederación de Entidades de Expendedores de Combustibles (CECHA), celebró la medida. “Es una excelente noticia. Desde hace más de cinco años no podíamos vender ni un simple analgésico, lo que generaba problemas para camioneros o viajeros que, en plena ruta, no tenían forma de solucionar dolencias menores como un dolor de cabeza o estomacal. Esto no solo mejora la experiencia del cliente, sino que acerca soluciones inmediatas al argentino que transita las rutas”, afirmó en declaraciones a surtidores.com.ar.

La noticia resulta particularmente relevante en un contexto en el que las estaciones buscan diversificar su oferta. Llorvandi destacó que aunque la venta de medicamentos de venta libre no representará un gran impacto económico, será un valor agregado importante. “El beneficio no está en lo que ganamos, sino en lo que aportamos a la gente que confía en las Estaciones de Servicio para encontrar soluciones inmediatas”, sostuvo.

ALCANCE


El decreto busca eliminar la “asimetría de la información” respecto a los precios de medicamentos de venta libre y garantizar la libertad de elección. A partir de esta disposición, estos productos podrán exhibirse en góndolas debidamente señalizadas y contener información clara sobre precios y laboratorios.

Aunque esta práctica comenzará a implementarse en 60 días, el alcance en las Estaciones de Servicio dependerá de la adhesión de las provincias a la normativa nacional, dado que la regulación del expendio de medicamentos y del ejercicio farmacéutico es competencia provincial.

Así lo explicó a este medio Marcelo Saleme Murad, abogado especialista en asesoramiento de empresas: “El DNU solo contempla medicamentos de venta libre y no modifica las restricciones para los productos bajo receta. Sin embargo, las provincias tendrán la última palabra sobre la reglamentación para que las estaciones puedan vender estos productos. Habrá que esperar las resoluciones de cada jurisdicción”.

Recordó que la Corte Suprema ya se había pronunciado sobre la facultad de las provincias en esta materia, lo que refuerza la necesidad de adhesión local. Este detalle será crucial para que las estaciones puedan incorporar este servicio en regiones donde todavía prevalecen restricciones más estrictas.

Ambos entrevistados coincidieron en que esta nueva propuesta además acarrea una responsabilidad más para los comercializadores de combustibles, ya que deberán garantizar que los medicamentos se mantengan en condiciones óptimas y que su venta cumpla con los requisitos de información y seguridad.

En tanto, los consumidores esperan que este cambio facilite el acceso a productos básicos en lugares donde la disponibilidad suele ser limitada, como rutas y zonas rurales. “Para los estacioneros, este movimiento representa una oportunidad para reforzar su rol como centros de servicio integral en todo el país”, sentenció el referente de CECHA.


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