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Productos de Santa Cruz Puede (SAU) habilitados por SENASA fueron decomisados sin fundamento sanitario
Como presidente de Santa Cruz Puede SAU, quiero expresar nuestro enérgico rechazo al procedimiento llevado adelante por la Dirección de Bromatología de la Municipalidad de Río Gallegos, que culminó con el decomiso y la destrucción de productos alimenticios aptos para el consumo humano, plenamente habilitados por la autoridad sanitaria nacional competente.
- Por El Caletense | 21/01/2026
Los productos decomisados —medallones de merluza, filet de trucha y otros congelados marca SCP— se encuentran debidamente habilitados por SENASA, organismo nacional con competencia exclusiva sobre los productos de origen animal, conforme al Decreto Nacional Nº 4238/68 y al Capítulo XXIII del Código Alimentario Argentino.
Es necesario aclarar de manera categórica que:
Los productos de origen animal no requieren para su comercialización RNE ni RNPA, registros que corresponden al ámbito de ANMAT/INAL.
Los establecimientos elaboradores cuentan con Número de Habilitación otorgado por SENASA.
Los productos cuentan con aprobación de rótulo y producto emitida por SENASA, cumpliendo con toda la normativa sanitaria vigente a nivel nacional.
El procedimiento municipal presenta vicios graves de origen, ya que se funda en una interpretación errónea de la normativa aplicable, exigiendo registros que no corresponden al régimen sanitario que regula este tipo de productos. No se trata de una diferencia de criterios, se trata de un error normativo sustancial.
Resulta además inexplicable y contradictorio que se cuestione la habilitación de nuestros productos cuando en las grandes cadenas de supermercados de Río Gallegos se comercializan de manera habitual productos de idénticas características, provenientes de otras jurisdicciones, con el mismo tipo de rótulo y habilitación otorgada por SENASA que poseen los productos de Santa Cruz Puede SAU. Esta situación evidencia una aplicación discrecional y desigual de los controles, vulnerando principios básicos de equidad, razonabilidad y seguridad jurídica.
Más grave aún es que, sin existir riesgo sanitario alguno, se haya dispuesto la destrucción de la mercadería. En ninguna de las actas labradas se deja constancia de, productos en mal estado, contaminación, ruptura de la cadena de frío y peligro para la salud pública.
El eje del procedimiento fue exclusivamente administrativo, y aun así se avanzó con la medida más extrema posible, provocando un daño económico injustificado y la destrucción de alimentos en un contexto social y económico que exige responsabilidad y racionalidad por parte del Estado.
Llama poderosamente la atención que la inspección se haya realizado al día siguiente de anunciar públicamente el inicio de la comercialización de nuestros productos en un comercio local, lo que genera serias dudas respecto de la celeridad selectiva y la intencionalidad política del accionar municipal.
Desde Santa Cruz Puede SAU sostenemos una posición innegociable, el control sanitario es necesario y obligatorio, la arbitrariedad no.
El Estado debe acompañar y fortalecer los procesos productivos y comerciales, especialmente cuando se trata de iniciativas que generan empleo, agregan valor a la materia prima local y cumplen estrictamente con los marcos regulatorios nacionales.
Por todo lo expuesto, se iniciarán las acciones administrativas y legales correspondientes para revertir este accionar al que consideramos totalmente desleal e irregular.
Santa Cruz necesita más producción, más trabajo y más seriedad institucional.
La destrucción injustificada de alimentos habilitados por SENASA va exactamente en sentido contrario.
Gustavo Sívori
Presidente
Santa Cruz Puede SAU
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