Lo acusaban por usar avales presuntamente falsos y terminó absuelto por falta de pruebas suficientes

La Justicia absolvió a un hombre acusado de utilizar documentación falsa para respaldar una lista que buscaba participar en las elecciones de delegados de Servicoop. La jueza consideró que la prueba presentada durante el juicio no permitía demostrar con certeza que conociera la eventual falsedad de las firmas cuestionadas.

La Justicia de Chubut absolvió a Germán Darío Martinelli en la causa iniciada por los avales utilizados para participar de las elecciones de delegados de Servicoop. La jueza María Alejandra Hernández consideró que la prueba producida durante el juicio no alcanzó para demostrar, con el grado de certeza requerido en materia penal, su responsabilidad por el delito de uso de documento falso.

La investigación había comenzado a partir de la presentación de 32 hojas de avales correspondientes a la Lista N.º 55 Blanca, entregadas el 10 de diciembre de 2024. La acusación sostenía que algunas de las firmas incluidas en las planillas no pertenecían a los asociados que figuraban como firmantes.

Durante el debate judicial declararon distintas personas que desconocieron las firmas que aparecían a su nombre y señalaron que no habían firmado las planillas. Algunos de los testimonios también indicaron que no conocían al acusado, elementos que fueron incorporados al análisis realizado durante el juicio.

Otro de los puntos planteados durante el proceso estuvo relacionado con la existencia de avales atribuidos a personas que habían fallecido antes de la presentación de la documentación. En su alegato final, la Fiscalía sostuvo que el debate había permitido acreditar la falsedad de las firmas y solicitó que Martinelli fuera responsabilizado por el delito previsto en el artículo 296 del Código Penal.

Sin embargo, la jueza Hernández señaló que existía un elemento que impedía alcanzar la certeza necesaria para una condena: no se realizó una pericia caligráfica sobre las firmas cuestionadas. Si bien varios testigos desconocieron las rúbricas, el tribunal entendió que no había un estudio técnico que permitiera establecer judicialmente que esas firmas habían sido falsificadas.

La magistrada también analizó una cuestión central para determinar la responsabilidad penal: si Martinelli sabía que los avales eran falsos al momento de presentarlos. Según el razonamiento expuesto en la resolución, no pudo descartarse que el acusado hubiera recibido documentación irregular durante la recolección de firmas sin conocer su contenido o una eventual falsedad.

Ante esa duda, la jueza aplicó el principio de in dubio pro reo, según el cual una duda razonable debe resolverse en favor del acusado, y dispuso su absolución. De esta manera, Martinelli no fue condenado por el delito que le atribuía la Fiscalía.

La resolución tampoco establece que las firmas cuestionadas sean auténticas. El fallo determina que la prueba reunida durante el juicio no alcanzó para demostrar, con el grado de certeza exigido en un proceso penal, que el acusado conociera la eventual falsedad de los documentos al utilizarlos.

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