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COE Caletense: nuevas medidas para limitar la circulación por el brote de Covid-19
El COE emitió hoy la resolución N°28. Buscan limitar la circulación. Aseguraron que hay consenso de la Cámara de Comercio. Se verán afectados rubros como salas de juegos, entidades educativas, deportivas, establecimientos gastronómicos y otros. Hay cambios para las actividades recreativas.
- Por El Caletense | 18/09/2020
En esta jornada, se reunió el COE Caleta Olivia, y emitió una nueva resolución. Se trata de la número 28, y se ajusta a la nueva realidad dictada por los casos positivos de Covid-19 sin nexo epidemiológico.
La normativa, aseveraron fuentes oficiales, persigue “el objetivo de disminuir la circulación de personas en la ciudad”. Y agregaron que “surgió del consenso entre miembros del COE y la Cámara de Comercio”.
La resolución implica que desde mañana, sábado 19 de septiembre, continuarán las restricciones de circulación para la ciudadanía, y se agregarán restricciones comerciales.
Quedó suspendido, hasta el domingo 4 de octubre, “el funcionamiento del casinos y salas de juego, actividades deportivas en clubes y/o gimnasios”. También se suspendieron las actividades en “escuelas e institutos de enseñanza de danzas, idiomas y música; natatorios; uniones vecinales, iglesias y templos de culto”, dice la información oficial.
En tanto, la norma “prohíbe la utilización de los espacios públicos recreativos como plazas, parques, lagunas, circuitos y senderos. Los paseos de compras deberán implementar la modalidad entrega a domicilio o delivery, en el horario de 07 a 20 horas, con presencia de 1 personas por local comercial”, agrega.
En lo que respecta a los locales gastronómicos, el COE resolvió que bares, restaurantes, cervecerías, confiterías y casas de venta de comida “solo podrán operar con retiro de local (take away) hasta las 21 horas”, y podrán efectuar envíos a domicilio hasta las a 23:30 hs. “sin atención al público en mesas”.
Del mismo modo, ratificaron el “cronograma único de circulación”, que implica poder hacerlo de lunes a sábado de 7 a 21 horas, de acuerdo a la culminación del DNI. Para los documentos terminados en número impar, se estableció permiso de circular los días lunes, miércoles y viernes. En tanto, los terminados en número par, podrán hacerlo los días martes, jueves y sábado.
Los días domingo a las 0 horas, y hasta el lunes a las 6 horas, la circulación “quedará limitada solo para los trabajadores considerados esenciales”.
En lo que respecta a las actividades deportivas, la resolución establece que las caminatas, la actividad runner, el ciclismo de montaña, paramotor, parapente, y actividades náuticas; “solo podrán ejercerse fuera del ejido urbano”.
Por último, el COE acordó que el horario comercial será de 7 a 20 horas, de lunes a sábados. Los restaurantes podrán trabajar con la modalidad de delivery y take away hasta las 23:30 horas; y esa es la única excepción a la regla. “Los domingos, todos los comercios deberán permanecer cerrados”, culminaron.
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