Insólito: Para recibir donaciones las escuelas deben pedir el "visto bueno" de la presidenta del CPE

Lo señala expresamente una circular de la Dirección de Responsabilidad Social del Consejo de Educación, emitida en julio pasado. El documento advierte que, de no cumplirse este procedimiento burocrático, los funcionarios implicados sufrirían sanciones. Esto recuerda el caso en que se evitó que la comisión de Fomento de Cañadón Seco done una heladera a la Escuela Especial N° 8.

La circular emitida el 28 de julio pasado es la número 001 de la Dirección Provincial de Responsabilidad Social (DPRS) del Consejo Provincial de Educación (CPE). La firma Elizabeth Esther Medina, y aclara que está a cargo de la mencionada repartición interna de la cartera educativa.

El documento fue enviado a las direcciones provinciales que administran la educación pública provincial en todos sus niveles. Invoca dos artículos de la Ley 760, a modo de argumento, y establece el "procedimiento para la recepción de donaciones".

El primer punto de tal "reglamento" es puntual y conciso: es la presidenta del CPE quien decide si una escuela puede recibir una donación "de cualquier tipo y envergadura" o no.

"Respetando las vías jerárquicas correspondientes, se deberá remitir nota solicitando la recepción de la donación a esta dependencia (DPRS), área encargada de requerir el VB (visto bueno) de Presidencia, así como de coordinar la logística necesaria para el caso de aceptarse la donación", dice textualmente el documento.

Asimismo, agrega que en "la nota" de solicitud es preciso especificar "qué es lo que se recibiría en donación, indicando calidad, cantidad y descripción con los detalles necesarios para su evaluación".

En el punto dos del texto, se hace referencia a los artículos 45 y 51 de la Ley provincial N° 760. El primero dice que "el patrimonio de la provincia se integra con los bienes que por disposición expresa de la Ley o por haber sido adquiridos por sus organismos, son de Propiedad provincial"; es decir que no impide donaciones.

El artículo 51, en tanto, dice que "competerá a las autoridades superiores de los poderes del Estado o a los funcionarios, en quienes los mismos deleguen la facultad, y a la de organismos especialmente autorizados por Ley, la aceptación de donaciones a favor de la provincia".

Éste artículo si habla de funcionarios autorizados, pero surge la pregunta de si no son justamente las autoridades de cada escuela quienes están autorizadas, por ser quienes tienen a su cargo la administración de sus respectivos establecimientos?.

El punto tres de la circular asevera que "en ningún caso se permitirá el ingreso de personas ajenas a las instituciones escolares sin las autorizaciones correspondientes y los protocolos vigentes". El punto 4 dice que las donaciones aprobadas deben desarrollarse cumpliendo los protocolos.

Finalmente, el documento hace una salvedad y apunta que "el incumplimiento del presente podrá acarrear el inicio de acciones administrativas". Este punto recuerda a las sanciones sufridas por la directora y la vicedirectora de la Escuela Especial N° 8, institución que iba a recibir la donación de una heladera por pate de la Comisión de Fomento de Cañadón Seco. Cosa que fue desautorizada por el CPE.

Luego la directiva de la institución escolar señaló que el electrodoméstico existente en la escuela, e iba a ser reemplazado con la donación, contaba con cerca de 30 años de uso. Además, aseveró públicamente que una heladera "que no hace falta que sea nueva", había sido solicitada al CPE en repetías oportunidades sin obtener respuesta.

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