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Gobernador Gregores: Denunciaron penalmente al Intendente, encargados y directores del Hospital
Lo hizo Mariela Arca, sobrina de Ismael Morales (89) quien falleció el pasado 4 de agosto. La denuncia judicial incluye como prueba el informe de la Trabajadora Social, que publicó TiempoSur y desató el caso.
- Por El Caletense | 05/09/2021
Se trata de la sobrina de Ismael Morales (89) quien estaba alojado en el Hogar Municipal de Gobernador Gregores quien falleció el 4 agosto, junto a otros tres adultos mayores, presuntamente por falta de asistencia adecuada, según el informe que expuso la Trabajadora Social y Licenciada en Ciencias para la Familia, Alba Cáceres.
El informe que desató el caso- es utilizado como prueba en la denuncia penal de Arca contra: Ana María Pereyra (Directora del Hospital Distrital Gobernador Gregores); Marcos Aguilar (Encargado del Hogar de Ancianos), Héctor Ariel Vidal (Intendente Municipal de Gobernador Gregores) y el Dr. Santos Alberto "y/o contra todo aquel que resulte responsable en su carácter de cómplice, partícipe, encubridor o instigador, por la posible comisión de delitos".
El informe de la Trabajadora Social -elaborado luego de estar en el hogar del 13 al 21 de julio- detalló cómo encontró a ocho abuelos, luego de que todos se habían contagiado Coronavirus. Después de que este medio publicó el informe, dos funcionarias del Ministerio de Desarrollo Social viajaron a Gobernador Gregores para realizar un relevamiento ya que los hogares dependen de esta cartera. El resultado: El lugar está apto y no se detectaron irregularidades.
Sin embargo, el Ministerio de Salud inició una investigación sumarial en el hospital, ya que allí trabajan los médicos que asisten sanitariamente a los adultos mayores.
Lo que plantea la denuncia es que el deceso de Morales no fue por el virus, sino por el presunto abandono de persona, delito tipificado en el Artículo 106 del Código Penal.
El informe detalló que Morales "ingresó el día 20 de julio del corriente en estado de desnutrición, deshidratación y vómitos. Patología de base: Enfermedad crónica oncológica". Pesaba 33 kilos.
Aquel día, Arca había realizado una exposición ante la Comisaría, la que se acompaña como prueba documental en la denuncia.
La denuncia ante el Juez de Instrucción pide que se añada como prueba:
-Que se cite a prestar declaración a la profesional Cáceres Alba, Licenciada en Ciencias para la Familia y Trabajadora Social.
-El informe de actuación al hospital local de Gobernador Gregores.
-El informe de actuación a la Municipalidad de Gobernador Gregores.
- Se cite a prestar declaración testimonial a Mariela Arca.
También adjunta un extracto del informe, que ya fue publicado por TiempoSur a fines de julio. (Luego del informe hubo cuatro fallecimientos):
"… El personal a cargo de los cuidados de los adultos mayores no se encuentran capacitados para la tarea que efectúan… Así también, el paciente Morales Ismael pasó varios días sin alimentación ni agua, por lo cual presenta un grado alto de delgadez y deshidratación debido a esto. En cuanto al estado de salud general de los adultos mayores, es posible afirmar que todos los adultos mayores se encuentran viviendo en un estado de abandono con alto riesgo social, ya que no reciben el tratamiento correspondiente de atención a la salud y los cuidados que requieren. De igual manera se puede inferir que esta situación agrava más aun el estado de salud y condición de vida todos los adultos mayores que residen en el hogar de ancianos, por lo que solicito su intervención para que gestione ante quien corresponda, velar por los derechos civiles y la garantía del bienestar de todos los adultos mayores que se encuentran albergados en el hogar de ancianos local".
La presentación judicial destaca que "debe tenerse en cuenta que el hogar de ancianos es una institución municipal, que trabajaría de manera coordinada con el hospital local, y es a dichos organismos a quienes les corresponde velar por que lo relatado no suceda, máxime, cuando puede contribuir con un desenlace fatal".
El presunto delito
El abandono de personas, expuesto en el Artículo 106, señala que "el que pusiere en peligro la vida o la salud de otro, sea colocándolo en situación de desamparo, sea abandonando a su suerte a una persona incapaz de valerse y a la que deba mantener o cuidar o a la que el mismo autor haya incapacitado, será reprimido con prisión de 2 a 6 años", y que "la pena será de reclusión o prisión de 3 a 10 años, si a consecuencia del abandono resultare grave daño en el cuerpo o en la salud de la víctima".
En tanto "si ocurriere la muerte, la pena será de 5 a 15 años de reclusión o prisión".
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