Femicidio: Los jueces que absolvieron a los acusados de violar, torturar y matar a Lucía Pérez irán a Jury para ser destituidos

Juan Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas fueron suspendidos provisoriamente en sus funciones como jueces, para ser sometidos a un Jury. Son integrantes del Tribunal Oral Criminal 1 de Mar del Plata, responsables de absolver a los acusados del abuso sexual y femicidio de la adolescente Lucía Pérez, cometido en 2016 en esa ciudad. El caso provocó el "Primer Paro Nacional de Mujeres" en octubre de ese año. Este martes se admitieron las acusaciones.

El femicidio de Lucía Pérez conmocionó en diversas oportunidades. Primero por lo perverso de su crimen, y luego por la absolución sin más de los sospechosos en manos de dos jueces integrantes del Tribunal Oral Criminal 1 de Mar del Plata. Se trata de los magistrados Juan Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas (foto, de izquierda a derecha), quienes fueron suspendidos de sus funciones este martes.

Las acusaciones fueron aceptadas en el marco del Jury de Enjuiciamiento (Juicio Político) que puede derivar en la destitución de ambos funcionarios. Luego, la propia Justicia deberá determinar si sus acciones están contempladas dentro del código penal argentino y - en tal caso - qué pena las cabe.

Elñ Jury es posible gracias a que las acusaciones fueron presentadas por legisladores nacionales, el procurador General de la provincia de Buenos Aires, la Comisión Bicameral, el Defensor del Pueblo bonaerense; además de la madre, el padre y el hermano de la víctima.

El efecto inmediato fue la suspensión de ambos jueces. La decisión fue tomada por unanimidad por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la provincia de Buenos Aires.

Familiares de Lucía Pérez y organizaciones feministas se movilizaron desde las 9 en La Plata para pedir Justicia. "Para nosotros es importante este jury, queremos que los destituyan a estos jueces para poder las mujeres estar más tranquilas y en paz", dijo Marta Montero, mamá de Lucía, en declaraciones a la prensa. Y agregó: "Esta lucha es de todas las mujeres".

Cecilia Rodríguez, directora Jurídica y Técnica de la Defensoría del Pueblo bonaerense, consideró "ejemplar" la suspensión de los jueces y aseguró que la medida adoptada por el Jurado de Enjuiciamiento "es un paso adelante para que la perspectiva de género sea un elemento central a la hora de juzgar".

Durante la audiencia, presidida por la magistrada de la Suprema Corte provincial Hilda Kogan, se hizo lugar a la acusación contra los jueces Juan Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas, quienes en un fallo polémico en noviembre de 2018 absolvieron a Matías Farías, de 26 años, a Juan Pablo Offidani, de 45, y Alejandro Maciel, de 62,del delito de femicidio, aunque dos de ellos fueron condenados a ocho años de prisión por "tenencia de estupefaciente con fines de comercialización" y a pagar una multa de 135.000 pesos. El tercer implicado fue absuelto y excarcelado. Aquella sentencia fue revocada el año pasado por la Cámara de Casación.

La adolescente, de 16 años, murió en la ciudad balnearia el 8 de octubre de 2016 tras ser drogada, un brutal femicidio que conmocionó al país y generó la convocatoria al "Primer Paro Nacional de Mujeres" el 19 de octubre de ese año.

Ahora, con la suspensión provisoria de los magistrados, deberán presentarse las pruebas para dar inicio al debate público, cuya fecha aún no fue dispuesta, para establecer si se los destituye o no de sus cargos.

En la acusación de la Comisión Bicameral de Enjuiciamiento a Magistrados se indicaba que "la queja se relaciona con la resolución de libre absolución que beneficiara en el juicio oral a los autores de los delitos por el gravísimo delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber causado la muerte de la ofendida y habiendo sido favorecido por el suministro de estupefacientes".

"Dan cuenta las denuncias de manera concordante que la niña fue drogada, abusada sexualmente y asesinada, por lo que la sentencia dictada lejos de ajustarse a derecho evidencia una clara arbitrariedad, que deja impune el femicidio, de lo que demuestra con supina claridad la incompetencia e incumplimiento a los deberes del cargo de los juzgadores", señalaron los acusadores.

"El Jurado de Enjuiciamiento dio lugar a nuestra acusación, en la que pusimos el acento en que el fallo de primera instancia estuvo viciado de parcialidad, prejuicios y estereotipos de género, sin tener en cuenta las convenciones de derechos humanos vigentes y obligatorias para nuestro país. Los jueces pasaron por alto estas normas que protegen a las mujeres y que, en este caso, se utilizaron en contra de la víctima", expresó Rodríguez, de la Defensoría del Pueblo.

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