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Se dio ante despacho a la modificación de la Ley Tribunal de Cuentas y la Ley que regula el Tribunal de Enjuiciamiento
Ayer se llevaron adelante distintas reuniones de comisión en la Legislatura Provincial. Entre los temas tratados se destaca el despacho favorable a la modificación de la Ley Nº500 que regula al órgano de control.
- Por El Caletense | 23/04/2024
El proyecto del Ejecutivo Provincial para la modificación de la Ley Nº500 “Orgánica del Tribunal de Cuentas” recibió ante despacho en la comisión de Asuntos Constitucionales. Ahora sólo resta su análisis y obtener despacho favorable de la comisión de Legislación General para que sea tratada en el recinto. La iniciativa prevé introducir reformas con respecto a la remoción, reelección y la posibilidad de someter a juicio a sus miembros. En la actualidad, los miembros del Tribunal de Cuentas tienen los mismos privilegios que los jueces de la Corte en cuanto a su inamovilidad, pero ello cambiará a partir de esta reforma. En la actualidad por ley orgánica se otorgan prerrogativas, inmunidades e inamovilidad extraordinarias a los miembros del Tribunal de Cuentas, lo que a consideración del Poder Ejecutivo resulta inconstitucional y además contradictorio respecto de lo establecido en el artículo 119, inc. 16, de la Constitución Provincial.
La propuesta en esta reforma consiste en que los miembros del Tribunal de Cuentas sean designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Honorable Cámara de Diputados, debiendo uno de los vocales ser propuesto por el partido político que constituya la primera minoría de la Provincia y cesarán en sus funciones al finalizar el mandato de quien los designó, pudiendo ser reelegidos por períodos sucesivos en forma indefinida. En cuanto a los requisitos los postulantes deberán adjuntar una declaración en la que incluirán la nómina de las asociaciones civiles y sociedades comerciales que integren o hayan integrado en los últimos seis años, los estudios legales o contables a los que pertenecieron o pertenecen y en general, cualquier tipo de compromiso que pueda afectar la imparcialidad de su criterio, actividades de su cónyuge, ascendientes y descendientes en primer grado, a fin de evitar incompatibilidades o conflictos de intereses. Los ciudadanos en general podrán en el plazo de 15 días a contar desde la última publicación en el Boletín Oficial, presentar al Ministerio de Gobierno las observaciones y circunstancias que consideren de interés expresar respecto de los incluidos en el proceso de preselección.
Por otra parte, contó con ante despacho el proyecto de Ley remitido por el Ejecutivo Provincial que mediante 51 artículos busca regular la actuación del Tribunal de Enjuiciamiento, teniendo en cuenta que la normativa vigente no establece una mínima estructura para su funcionamiento, según indica el proyecto del Poder Ejecutivo en sus fundamentos.
Con respecto a la Comisión de Educación, Ciencia y Técnica resultó con despacho favorable el proyecto de que declara de Interés Provincial y Educativo el libro “La lucha obrera en la antigua capital. Mesa de trabajo de las Huelgas del 21 de Puerto Santa Cruz” acompañado de un reconocimiento a su autor, Juan Manuel Villalba. Por último, se declaró de interés provincial, educativo, social, económico y cultural, la obra literaria “Conectar, transformar y emprender con visión”, promovido por Fernando Carbajal.
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