La Cámara rechazó el amparo de la empresa propietaria del Colegio Upsala y dio la razón al Consejo Provincial de Educación

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Cruz, integrada por los jueces Enrique Luis Arenillas, María Cecilia García y Jorge Ariel Chávez, resolvió rechazar el amparo presentado por la empresa UPSALA S.A.de El Calafate contra el Consejo Provincial de Educación (CPE) y revocar la sentencia dictada por el conjuez Raúl Cardozo, titular del Juzgado de esa localidad.

El tribunal determinó que el reclamo del establecimiento privado no debía tramitarse como acción de amparo, ya que se trataba de una controversia económica y no de una violación de derechos constitucionales. En consecuencia, declaró nula la sentencia de primera instancia y dio por cerrado el reclamo, avalando el accionar de las autoridades del CPE.

Los magistrados coincidieron con los argumentos del organismo provincial, al sostener que el planteo de la institución educativa “constituía un cobro de pesos encubierto”, y remarcaron que el Conjuez Raúl Cardozo, aplicó indebidamente la vía del amparo, reservada solo para casos de ilegalidad o arbitrariedad manifiesta. El fallo también subraya que no hubo conducta ilegal ni ostensible por parte del Consejo, que actuó dentro del marco normativo vigente.

Además, la Cámara rechazó la medida cautelar presentada por la empresa mediante la cual pretendía que la Provincia continuara abonando la subvención estatal bajo las condiciones previas al conflicto. De este modo, queda sin efecto cualquier obligación de pago adicional y se confirma que el CPE no mantiene deuda alguna con el establecimiento.

Desde el Consejo Provincial de Educación destacaron la decisión judicial, que ratifica la legalidad, transparencia y corrección del accionar institucional. “El fallo es claro, el amparo fue rechazado, no hay ninguna cautelar vigente y se reconocen las irregularidades de la empresa propietaria del colegio que justificaron nuestra posición”, señalaron desde el organismo.

Con esta resolución, la causa queda cerrada en esta instancia, aunque la sociedad anónima Upsala podría apelar ante el Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz. Desde el CPE resaltaron que la decisión representa un importante respaldo a la gestión institucional y al uso responsable de los recursos públicos, declarando la nulidad de la sentencia de primera instancia, que la Cámara consideró improcedente.

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