Palo al pase: en Mar del Plata la Cámara Federal revocó la cautelar contra el pase sanitario

La Cámara Federal de Mar del Plata revocó la cautelar contra el pase sanitario y rechazó "in limine" el amparo contra la implementación de la medida. Para el tribunal "no sólo deben ponderarse los derechos del paciente a un trato digno, a su intimidad y a su autonomía de voluntad," sino también "el contexto social y jurídico que deviene de la pandemia de Covid-19".

La Cámara Federal de Mar del Plata revocó la primera cautelar decretada contra el pase sanitario y finalmente rechazó el pedido de una mujer no vacunada que pretendía la suspensión de la implementación de la medida.

La demandante presentó un amparo y pidió que "en forma inmediata se resguarde su derecho a preservar la salud y la vigencia del principio de autonomía de la voluntad de no inocularse las vacunas contra el covid 19, garantizando el pleno acceso a los lugares/ actividades que expresamente se determinan en las resoluciones mencionadas y la plena libertad de tránsito".

Los jueces destacaron que la normativa atacada le imponga a la amparista vacunarse en contra de su voluntad (lo que puede decidir según su libre albedrío, conforme al derecho a la autonomía de la voluntad consagrado en la ley 26.529), ni indicó la misma que se le haya obligado a ello hacia el futuro.

Si bien en primera instancia tuvo una respuesta favorable, ya que el juez federal Alfredo López ordenó que se la exhima de "exhibir y/o portar la acreditación y/o el denominado pase sanitario impuesto" la Alzada admitió el recurso interpuesto por la Fiscalía de Estado de la Pcia. de Bs. As. y por el Ministerio de Salud de la Nación y rechazó "in limine" la acción al entender que “los jueces del sistema democrático debemos interpretar al sistema constitucional desde la teoría de la razonabilidad, ello teniendo en consideración que esta modalidad interpretativa ha sido sin duda desde esta óptica, determinante para el desarrollo de los Estados democráticos de derecho”.

Los jueces Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez explicaron que “si bien no caben dudas acerca del derecho de las personas respecto de la disposición del propio cuerpo (ley 26.529, arts. 56, 59 y ccs. del C.C.C.), también es cierto que tales derechos deben ser interpretados y aplicados en consonancia con el interés público comprometido”.

Al respecto, agregaron los magistrados que el sistema federal argentino no prevé el cuestionamiento directo, por parte de un ciudadano, de la constitucionalidad de una norma “en abstracto”. Y precisamente "la presentación de la amparista puede ser calificada –sin dudas- como “genérica”, ya que no acreditó la necesidad de llevar a cabo alguna actividad para la cual se exija el pase sanitario, lo cual imposibilita vislumbrar no sólo el recaudo del peligro en la demora (sin el cual la medida cautelar dictada es improcedente)".

Tampoco se evidencia la existencia de caso judicial que amerite verificar la ilegalidad o arbitrariedad manifiesta que habilita la intervención judicial tutelar, ya que "claramente ello no alcanza aquí a aducir modo alguno de “defensa de la legalidad constitucional” que motive la intervención de un juez federal al respecto", se lee en la sentencia.

"En autos, por ejemplo, y teniendo en cuenta que ningún derecho es absoluto, no sólo deben ponderarse los derechos del paciente a un trato digno, a su intimidad y a su autonomía de voluntad (arts. 2 y ccs. Ley 26.529), sino también el contexto social y jurídico que deviene de la pandemia de Covid-19 que azota al mundo, y que requiere necesariamente de la toma de decisiones en el marco de las políticas públicas en materia de salud que cada Estado implemente", resaltaron los integrantes de la alzada.

La cámara entendió que no existe aquí “caso” en los términos previstos por el Art. 116 CN ya que "el sistema federal argentino no prevé el cuestionamiento directo, por parte de un ciudadano, de la constitucionalidad de una norma “en abstracto”. Y precisamente la presentación de la amparista puede ser calificada –sin dudas- como “genérica”, ya que no acreditó la necesidad de llevar a cabo alguna actividad para la cual se exija el pase sanitario"

Finalmente, los jueces destacaron que no surgía la normativa atacada le imponga a la amparista vacunarse en contra de su voluntad (lo que puede decidir según su libre albedrío, conforme al derecho a la autonomía de la voluntad consagrado en la ley 26.529), ni indicó la misma que se le haya obligado a ello hacia el futuro.

Otras noticias que pueden interesarte

Image

León XIV confirmó su llegada a la Argentina: cuándo y qué ciudades visitará

El sumo pontífice permanecerá en el país del 8 al 11 de noviembre, como parte...

Image

Quilmes: un bebé de 12 días murió al caerle una palta en la cabeza a la salida de un jardín

La víctima, de apenas 12 días de vida, sufrió múltiples fracturas de cráneo...

Image

Educación técnica y empleo: Córdoba compartió su experiencia en el Congreso de AMET

El ministro de Educación de la provincia de Córdoba dialogó en exclusiva con ...

Image

Zonas frías en disputa: el Senado avanzó con la reforma de los subsidios al gas

El proyecto, que ya cuenta con media sanción de Diputados, obtuvo dictamen de m...

Image

El Gobierno inició sanciones contra empresas vinculadas a la explotación de hidrocarburos en Malvinas

La Cancillería puso en marcha procedimientos sancionatorios contra 45 personas ...

Image

Javier Milei confirmó que buscará la reelección y volvió a defender su gestión

El Presidente aseguró que competirá por un segundo mandato en 2027 y sostuvo q...

Image

El etiquetado frontal vuelve al centro del debate: especialistas piden cambios

Expertos en nutrición sostienen que el debate sobre la Ley de Promoción de la ...

Image

Neuquén emitió bonos por US$500 millones para financiar obras de infraestructura

El gobierno de Rolando Figueroa concretó una colocación de bonos por US$500 mi...

Image

El Gobierno descartó decretar un feriado nacional tras la llegada de la Selección

En Casa Rosada sostienen que la decisión responde a la determinación del plant...

Image

El vocero de Milei aconseja que la gente aprenda a tomar créditos: “No se puede llevar la tarjeta al límite"

Ravier insinuó que la creciente morosidad es por un desborde en el endeudamient...

Image

El Mundial paralizó a Argentina: así cayó la demanda eléctrica mientras jugaba la Selección

El encuentro entre Argentina y Egipto volvió a demostrar el impacto del Mundial...

Image

Nación calificó de ilegal la medida policial y advirtió que denunciará si no se restablece el servicio

La directora nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo pidió que los ef...