Daniel Aybar: "La autoridad de aplicación de la ordenanza es la secretaria de Ambiente y Desarrollo Sostenible del Municipio"

El Juez de Faltas, encargado de aplicar multas por incumplimientos a la ordenanza que establece claras prohibiciones respecto a la colocación de cartelería política en espacios públicos, aclaró que hasta el momento no recibieron actas de infracción por parte de la Secretaria de Ambiente o por denuncias particulares. Aún no se han aplicado sanciones, a pesar de que es evidente el impacto negativo en nuestro entorno por la colocación indiscriminada de cartelería.

La cartelería no solo ocasiona daños en postes de alumbrado y otros elementos urbanos, sino que también representa un incumplimiento a la ordenanza por parte de los candidatos. Daniel Aybar, Juez de Faltas de la ciudad, se manifestó al respecto en el programa "El Oso" que conduce Emir Silva, y repasó los alcances de la normativa vigente

"La Ordenanza en sus artículos del 1° al 6°, establece que están prohibidos los afiches con engrudo, los pasacalles, no diferencia que tipo de colocación tienen por lo tanto están incluidos todos, ningún tipo de pasacalle esta permitido, la cartelería colgante, la pintada de muros, tengan fines de lucro o no y también están prohibidos los bastidores atados a palmas", explicó y añadió que lo establece la Ordenanza 5930 del año 2014, modificada en 2019 por la Ordenanza 6175.

"Lo que se protege es el bien jurídico del paisaje urbano, cultural, y la contaminación visual, y además porque este tipo de carteles colgados pueden atentar contra la integridad física de las personas o de los bienes", resaltó el Juez de Faltas.

Asimismo, aclaró que tras las modificaciones que tuvo la normativa, ya no se imputa como responsable de la contravención al partido político, sino directamente al candidato que figura en la publicidad. Según la ordenanza, las multas van de 86.400 288.000 pesos.

"La autoridad de aplicación de la ordenanza es la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sostenible del Municipio", sostuvo el funcionario, añadiendo que son quienes "deberían intimar a los responsables a que cesen en la contravención, y si no lo hacen proceder a labrar el acta y retirar del lugar, con personal municipal y a costa de los candidatos, toda la cartelería que este en infracción". No obstante, aclaró que el Juzgado de Faltas puede actuar de oficio si surgieran denuncias escritas formalmente presentadas.

Por ultimo el Juez de Faltas Daniel Aybar, afirmó que no se han presentado denuncias por parte de vecinos, ni tampoco se han recepcionado hasta el momento actas de infracción por parte del área de Ambiente, responsable de controlar el cumplimiento de esta ordenanza.

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