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Colegios privados: el Gobierno eliminó el control estatal de las cuotas y matrículas
Se derogó la norma que regulaba los aranceles de los establecimientos privados desde hace más de 30 años.
- Por El Caletense | 11/11/2025
El Gobierno derogó la norma que regulaba los aranceles de los colegios privados y las instituciones no tendrán que informar los valores de las cuotas y la matrícula con anticipación ni contar con el aval del Estado.
La desregulación del régimen de control sobre los aranceles de los establecimientos educativos de gestión privada, vigente hace más de 30 años, se dispuso mediante el Decreto 787/2025, publicado este martes en el Boletín Oficial.
La normativa derogó el Decreto 2417/1993 que obligaba a las instituciones educativas privadas a notificar a las familias el importe de la matrícula y las cuotas junto a la forma, el plazo de pago y los recargos ante el atraso en el cumplimiento.
Los requerimientos fijados debían efectuarse antes de la finalización del ciclo lectivo previo, concretamente el 31 de octubre de cada año vencía el plazo. Hace poco el Ejecutivo lo había extendido hasta el 15 de noviembre.
El decreto derogado establecía que las instituciones educativas tenían que conseguir el acuerdo de los padres o tutores de los estudiantes respecto a los nuevos valores de los aranceles, a raíz de que posteriormente eso debía ser reflejado ante las autoridades nacionales. En caso de no llegar a un entendimiento, se mantenían los valores vigentes.
Al argumentar la decisión, el Gobierno explicó en el texto oficial que la normativa eliminada “presenta limitaciones y requerimientos que dificultan la adaptación de los institutos de enseñanza pública de gestión privada a las realidades educativas y económicas del país”.
En ese sentido, manifestó que el régimen “fue dictado en un contexto fáctico y normativo distinto al actual”, al precisar que “en aquel entonces la administración de la educación se encontraba bajo la órbita del gobierno nacional”.
Al respecto, señaló que “esta situación cambió a partir de la transferencia de esta competencia a las provincias, conforme al principio federal de nuestra organización constitucional, lo que justifica su revisión para adecuarlo al esquema actual de distribución de funciones”.
Asimismo, el Ejecutivo expresó que “la estructura de costos y consecuentemente de aranceles de la educación ha variado desde entonces, lo que también justifica la revisión del mentado decreto”.
Ante el descrito escenario, planteó que “la intervención del Estado en la regulación y financiamiento de los establecimientos de enseñanza de gestión privada, aunque busca garantizar la calidad educativa, ha generado efectos contraproducentes que afectan su funcionamiento y viabilidad económica”.
En esa línea, aseguró que “dicha intervención, al exigir a los establecimientos la presentación de los montos de las cuotas y de la matrícula con anticipación, limita su capacidad de adaptación a las fluctuaciones del mercado, impidiendo que estos ajusten sus precios en función de la realidad económica y los costos operativos”.
De esta manera, la administración de Javier Milei consideró que “el requerimiento de los establecimientos de enseñanza de gestión privada de comunicar los montos de matrícula y de las cuotas con anticipación considerable, junto con la obligación de obtener la autorización estatal previa para modificar dichos valores, crea una situación de incertidumbre económica para los institutos, que suelen fijar cuotas más elevadas de lo necesario por temor a enfrentar costos que no puedan ser cubiertos sin aprobación estatal”.
En consecuencia, expuso que “este mecanismo de fijación de precios perjudica a las familias, quienes deben enfrentar aranceles educativos más altos desde el inicio del ciclo lectivo, limitando su capacidad de elegir establecimientos de enseñanza adecuados a sus posibilidades económicas y, en algunos casos, obligándolas a trasladar a sus hijos a otras instituciones”.
Frente a dicho panorama, remarcó que “esta situación constriñe el derecho de propiedad de los establecimientos educativos, quienes, al ser entidades privadas, deberían tener la libertad de fijar sus condiciones de contratación y los salarios de sus empleados, sin necesidad de autorización estatal”.
Al mismo tiempo, el Gobierno argumentó que “el carácter predecible y fijo de las tarifas impuestas por el Estado puede llevar a una precarización de la calidad educativa, dado que los establecimientos no pueden responder adecuadamente a las variaciones en los costos de insumos, salarios y otros gastos operativos sin antes contar con autorización de la autoridad correspondiente”.
En este contexto, afirmó que “el principio de libre contratación debe ser resguardado, permitiendo a las instituciones educativas el derecho a definir sus políticas de precios y compensaciones, en el marco de una competencia leal y en función de las demandas del mercado”.
NA
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