Estudiantes técnicos impugnan la ley de presupuesto 2026: presentan amparo contra el estado nacional por recortes

Un grupo de estudiantes interpusieron una acción de amparo ante el Poder Judicial, solicitando la habilitación de la feria judicial y una medida cautelar de no innovar. Los actores denuncian que la disposición presupuestaria elimina financiamientos mínimos y progresivos garantizados por ley para áreas estructurales como la Educación Técnico Profesional, la Ciencia y Tecnología.

En un movimiento judicial de alta trascendencia institucional, estudiantes de escuelas técnicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representados por sus padres y patrocinados legalmente, han promovido una acción de amparo contra el Estado Nacional y el Poder Ejecutivo Nacional, solicitando la declaración de invalidez constitucional del artículo 30 de la Ley N° 27.798, correspondiente al Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2026.

Los presentantes, a través de su letrado patrocinante, solicitaron formalmente la habilitación de la feria judicial, argumentando un peligro en la demora, y plantearon la inconstitucionalidad del mencionado artículo, el cual consideran que vulnera ostensiblemente derechos consagrados en la Constitución Nacional y tratados internacionales con jerarquía constitucional. Asimismo, denunciaron una violación al principio republicano de división de poderes y reservaron el caso federal.

El núcleo de la controversia radica en que, mediante el Decreto N° 932/2025, se convalidó la Ley de Presupuesto 2026, avanzando el Poder Ejecutivo Nacional en la derogación y eliminación de normas legales sustantivas que aseguraban el financiamiento mínimo y progresivo de áreas consideradas estructurales del Estado, tales como la educación, la educación técnico profesional, la ciencia y la tecnología.

Específicamente, el artículo 30 del texto definitivo de la Ley N° 27.798 suprimió disposiciones centrales relativas al financiamiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, de la Educación Técnico Profesional y del Fondo Nacional de la Defensa, eliminando garantías legales vigentes y consolidadas sin el debate sustantivo correspondiente, utilizando para ello la vía presupuestaria.

La acción judicial subraya dos derogaciones de particular gravedad. En primer lugar, se menciona la supresión del artículo 9 de la Ley de Educación Nacional N° 26.206, el cual establecía un financiamiento mínimo equivalente al seis por ciento (6%) del Producto Bruto Interno para el sostenimiento del sistema educativo nacional por parte de los distintos estamentos del Estado. Los actores alegan que esta medida afecta de manera directa el derecho a la educación y el principio de igualdad real de oportunidades.

En segundo lugar, se destaca la supresión, dentro del mismo artículo 30 de la Ley de Presupuesto 2026, del artículo 52 de la Ley N° 26.058 de Educación Técnico Profesional. Esta norma era la que creaba el Fondo Nacional para la Educación Técnico Profesional (FNETP) y asignaba específicamente fondos obligatorios destinados a garantizar la continuidad, calidad y federalización de la educación técnica pública.

Finalmente, la ley cuestionada también deroga los artículos 5, 6 y 7 de la Ley N° 27.614, que establecían un sendero de inversión progresiva en ciencia, tecnología e innovación con el objetivo de alcanzar una inversión equitativa. Ante este panorama, y ante el riesgo de un daño irreparable a la continuidad de estos servicios educativos y científicos, los estudiantes solicitaron la medida cautelar de no innovar mientras se resuelve el fondo de la acción de amparo.

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