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- El Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz aprobó descuentos de haberes a trabajadores judiciales por días de paro
El Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz aprobó descuentos de haberes a trabajadores judiciales por días de paro
El Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz resolvió, por mayoría, aplicar descuentos salariales al personal judicial que adhirió a las medidas de fuerza convocadas por la Asociación Gremial de Empleados Judiciales “3 de Julio”.
- Por El Caletense | 27/08/2026
La decisión fue adoptada mediante el Acuerdo Tomo CCXXXIX (Folio 51/53), firmado el pasado 25 de agosto de 2026 en Río Gallegos, y alcanza a quienes hayan incumplido con el débito laboral durante las jornadas de paro del 27, 28, 29, 30 y 31 de julio, y del 3, 4, 5, 6 y 7 de agosto.
Según los fundamentos de la mayoría, la medida se sustenta en el marco legal y constitucional vigente y en la doctrina establecida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y por el propio Tribunal Superior de Justicia.
El organismo señaló que el objetivo es garantizar la continuidad y correcta administración del servicio público de justicia y resguardar el derecho de la ciudadanía a una tutela judicial efectiva. En ese marco, sostuvo el principio de que no corresponde el pago de remuneraciones por tareas que no fueron realizadas.
¿Cómo serán los descuentos?
La resolución establece que los trabajadores alcanzados por la medida tendrán la pérdida completa del rubro “presentismo” (código 548) correspondiente a los meses de julio y agosto de 2026.
A esto se sumará el descuento proporcional de los días no trabajados sobre el resto de los conceptos que integran las remuneraciones.
La postura mayoritaria fue respaldada por el presidente del Tribunal Superior de Justicia, Gabriel Nolasco Contreras Agüero, y los vocales Daniel Mauricio Mariani, José Antonio González Nora, Sergio Edgardo Acevedo y Juan Lucio Ramón de la Vega.
Entre los argumentos planteados se destacó la necesidad de preservar el funcionamiento del servicio de justicia y sostener un criterio de equidad salarial respecto de quienes sí cumplieron con sus funciones durante las jornadas en las que se desarrollaron las medidas de fuerza.
Hubo cuatro votos en disidencia
La resolución no fue unánime. Los vocales Alicia de los Ángeles Mercau, Paula Ernestina Ludueña Campos, Reneé Guadalupe Fernández y Fernando Miguel Basanta se pronunciaron en contra de los descuentos.
En sus fundamentos cuestionaron la existencia de documentación formal que respaldara el nivel de acatamiento de las medidas de fuerza y remarcaron la vigencia del derecho constitucional a la huelga.
Además, señalaron como parte de sus argumentos el incumplimiento persistente de acuerdos paritarios que habían sido alcanzados previamente por el propio Tribunal Superior de Justicia.
Excepción para dirigentes con licencia gremial
El acuerdo también contempla una excepción: no se aplicarán los descuentos a los dirigentes sindicales que cuenten con licencia gremial amparada por la Ley N° 23.551.
De esta manera, el Tribunal Superior de Justicia formalizó la decisión de descontar los días no trabajados y eliminar el presentismo de julio y agosto para los agentes alcanzados por las medidas de fuerza, en una resolución que expone además las distintas posiciones existentes dentro del máximo órgano judicial de Santa Cruz respecto del conflicto gremial.
ACA EL DECRETO https://www.facebook.com/100071742520781/posts/1084696517265089/?rdid=cAFuCiIwj9Asaent#
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