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Programa Santa Cruz Protege: anuncian ayuda para pago de salario y créditos para el comercio y los trabajadores
El programa Santa Cruz Protege fue anunciado hoy por la gobernadora y ministros del gobierno de la provincia. El mismo establece beneficios para el sector comercial, trabajadores y trabajadores, sector turístico. Todos los detalles del Decreto 966/20.
- Por El Caletense | 17/08/2020
En el Decreto que lleva el número 966/20 pone en consideración que en el marco de la emergencia sanitaria vinculada a la Pandemia y en consonancia con las medidas dispuestas por el Estado Nacional, el Poder Ejecutivo Provincial declaró la EMERGENCIA ECONÓMICA y COMERCIAL en todo el ámbito de la Provincia de Santa Cruz por el término de noventa (90) días corridos, prorrogables por igual término.
Entre las medidas dispuestas se instruyó a la ASIP a instrumentar planes de facilidades de pago para el contribuyente, efectuar la remisión de los intereses resarcitorios de los impuestos provinciales conforme el artículo 51 del Código Fiscal de la Provincia; asimismo se dispuso la exención de la exigibilidad de las tasas y aranceles administrativos, y la suspensión de los procesos y embargos correspondientes a las ejecuciones fiscales, entre otras.
Además, se autorizó al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura de la Provincia a suscribir convenios con la finalidad de subsidiar puntos porcentuales de tasas de interés de líneas de crédito a través de entidades financieras, en pos del sostenimiento del sector productivo y comercial.
Por otra parte se solicitó a Servicios Públicos Sociedad del Estado y a Distrigas S.A suspender por el plazo de noventa días corridos el corte de los servicios en caso de mora o falta de pago de los usuarios allí especificados, así como el prorrateo de vencimientos de las facturas en la modalidad establecida.
También y mediante Decreto Nº 753/20 se dispuso la prórroga de la Emergencia Económica y
Comercial por el término de noventa (90) días corridos, ampliando las medidas dispuestas. Considerando estas medidas adoptadas y en función a la dinámica propia de la transmisión del COVID y dada la situación epidemiológica que se verificó en la ciudad capital, se requirió la adopción de medidas urgentes y específicas en el ámbito de la ciudad de Río Gallegos y zonas circundantes, dictándose el Decreto Nº 890/20 que dispuso el “Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio” desde el 1º de agosto del corriente año en consonancia con lo establecido en el DNU Nº 641/20.
El Decreto recuerda también que “sin perjuicio de las medidas destinadas a ralentizar la expansión del nuevo coronavirus y de la limitación de circulación de personas y del desarrollo de actividades, se debe procurar la adopción de medidas tendientes a morigerar el impacto del “aislamiento social” sobre la actividad comercial, así como respecto de los procesos productivos y empleo”.
Es por ello que a los fines de mantener las fuentes de empleo y procurar el sostenimiento de la actividad comercial corresponde implementar el Plan “SANTA CRUZ PROTEGE” que estará conformado por el Programa de Asistencia al Trabajador y Comercios (ATC) y el otorgamiento de Aportes No reintegrables destinado a empleadores y trabajadores de la actividad comercial y de servicios.
El Programa de Asistencia al Trabajador y Comercios (ATC) consistirá en el pago de la suma fija mensual equivalente al valor del salario mimo vital y móvil al trabajador o trabajadora del sector comercial y servicios y/o monotributistas afectados por el “aislamiento social preventivo y obligatorio” a partir del día 1º de agosto del corriente año y mientras subsistan tales condiciones.
Además alcanzará también a los trabajadores y trabajadoras de empresas y/o agencias destinadas a la actividad turística radicadas en toda la provincia, mientras persista la expresa prohibición del desarrollo de dicha actividad.
Se establece que no podrán acceder al Programa Asistencia al Trabajador y Comercios (ATC) aquellas personas que desempeñen además funciones en relación de dependencia con los distintos estamentos del Estado en el orden Nacional, Provincial o Municipal.
En el marco del Plan se dispondrá el otorgamiento de Aportes No Reintegrables a favor de propietarios de comercios de bienes y servicios no comprendidos en el artículo 12 y 13 del DNU Nº 677/20 y que se encuentren alcanzados por la medida de “aislamiento social preventivo y obligatorio” a partir del día 1º de agosto del corriente año, facultando al Ministerio de la Producción, Comercio e Industria de la Provincia para su instrumentación e implementación.
También se deja en claro que no se encontrarán alcanzados por los beneficios del presente instrumento aquellas empresas, comercios y/o sectores que se encuentren beneficiados por otros Programas de Asistencia Nacionales o Municipales, así como tampoco aquellos comercios cuyas actividades se encuentren habilitadas en los términos del artículo 12 y 13 del DNU Nº 677/20.
En su artículo 1° el Decreto 966/20 crea el Plan “SANTA CRUZ PROTEGE” que estará conformado por el Programa de Asistencia al Trabajador y Comercios (ATC) y el otorgamiento de Aportes No reintegrables destinado a trabajadores y empleadores de la actividad comercial y de servicios con el objetivo de mantener las fuentes de empleo y el sostenimiento del sector productivo y comercial.
Además en su artículo 9º se establece la creación de la comisión permanente del “Plan SANTA CRUZ PROTEGE”, integrada por los titulares de los ministerios de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, de Economía, Finanzas e Infraestructura y de la Producción, Comercio e Industria de la provincia, a los efectos de realizar el seguimiento, articulado y control de aplicación de las medidas instrumentadas en el presente.
En el siguiente Artículo se faculta al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura a efectuar las readecuaciones presupuestarias pertinentes a los fines de la implementación del “Plan SANTA CRUZ PROTEGE”.
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