Este domingo todas las seccionales del Registro Civil de la provincia abrirán sus puertas

Así lo informó la Subsecretaría de Gobierno y Asuntos Registrales, dependiente del Ministerio de Gobierno de Santa Cruz. Conocé los horarios de atención y cuál es la documentación válida para que concurras a votar.

El próximo 26 de octubre, los santacruceños tendrán la oportunidad de concurrir a las urnas para elegir a quienes los representarán en los próximos 4 años, en la Cámara Baja del Congreso de la Nación. Es importante, resaltar que, en esa jornada, también se votará en Cañadón Seco

El padrón electoral indica que 272 mil personas son las habilitadas para votar en todo el territorio provincial.

Para tan significativa contienda electoral, el Gobierno de Santa Cruz a través de la Subsecretaría de Gobierno y Asuntos Registrales, informa que durante el domingo 26 de octubre, los Registros Civiles de Río Gallegos, Caleta Olivia y la seccional de San Benito estarán abiertos de 10:00 a 15:00. El resto de las seccionales de la provincia atenderán de 10:00 a 14:00. Asimismo, solicita a los vecinos que aún no retiraron sus DNI, que se acerquen a las distintas seccionales de la provincia para poder acudir a votar con la documentación correcta.

¿Quiénes pueden votar el 26 de octubre?

En Santa Cruz al igual que en el resto del país, podrán votar en las elecciones nacionales de 2025:

-Ciudadanos argentinos nativos, por opción o naturalizados que hayan cumplido 16 años y estén inscriptos en el padrón electoral definitivo.

-Adolescentes de 16 y 17 años y personas mayores de 70 tienen voto voluntario.

-Ciudadanos entre 18 y 70 años deben votar de manera obligatoria.

Están justificados y exentos de votar quienes:

-Se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar de votación (con constancia policial).

-Presenten enfermedades, discapacidad o imposibilidad física acreditada con certificado oficial.

-Cumplan funciones como autoridad electoral, judicial o trabajen en servicios públicos esenciales, siempre que la condición esté informada.

Las justificaciones deben presentarse ante la Justicia Electoral provincial hasta 60 días después de la elección para evitar sanciones.

¿Cuáles son los documentos habilitados para votar?

De acuerdo a la legislación vigente, los documentos aceptados para votar en las elecciones legislativas nacionales de 2025 son los siguientes:

-Libreta de enrolamiento

-Libreta cívica

-DNI libreta verde

-DNI libreta celeste

-DNI tarjeta

Solo se podrá votar con documento físico original: libreta de enrolamiento, libreta cívica, DNI verde, DNI celeste o DNI tarjeta

Cada elector debe presentar el documento que figura en el padrón electoral o una versión emitida con posterioridad. En el caso de los DNI verdes, las variantes como duplicados o ejemplares con letras también están contempladas: los ejemplares con letras siempre se consideran posteriores a los numerados, según la Dirección Nacional Electoral.

Las autoridades de mesa verificarán tanto el estado del documento como la correspondencia exacta con los datos registrados.

Presentar uno de estos documentos es indispensable para todos los electores inscriptos en el padrón.

¿Se puede votar con DNI digital?

No, en ningún caso está permitido votar con el DNI digital. Ni la app Mi Argentina, ni copias digitales en el celular, ni capturas de pantalla tendrán validez ante las autoridades de mesa. Tampoco estarán habilitadas fotocopias, constancias de trámite o denuncias policiales como reemplazo del documento requerido.

La normativa es taxativa: solo el documento físico autoriza el ingreso al cuarto oscuro, según consignó la Dirección Nacional Electoral.

El DNI digital, las fotocopias, el pasaporte y el registro de conducir no son válidos para votar en las elecciones 2025

Estos documentos no están habilitados para votar:

-Pasaporte

-Registro de conducir

-Constancia de DNI en trámite

-Denuncia de robo o extravío

-Fotocopias de cualquier documentación

La acreditación de identidad solo será válida con la presentación del documento físico original.

¿Qué pasa si perdí o me robaron el DNI?

Si el elector no cuenta con el documento físico registrado en el padrón, o un ejemplar emitido posteriormente, no podrá votar. No se acepta ningún otro formato: ni pasaporte, ni registro de conducir, ni constancia de trámite, ni denuncia por extravío. La legislación tampoco permite votar con un ejemplar más antiguo al consignado en el padrón, por lo que, si solo se dispone de una versión anterior, el acceso a la urna será rechazado, de acuerdo a la información de la Dirección Nacional Electoral.

En caso de extravío o robo antes de la elección, solo se habilita el voto si se obtiene y presenta el documento físico actualizado.

Fuente: Secretaría de Comunicación Pública y Medios / Subsecretaría de Producción y Contenidos - https://www.argentina.gob.ar/elecciones-2025

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